Según el Artículo 61 de la Nueva Constitución de la república del Ecuador se establece que las ecuatorianas y ecuatorianos gozaran de diferentes derechos que son otorgados de forma legal , siendo estos de ámbito político y de participación , siendo ellos los principales protagonistas de las decisiones que se vayan a tomar para el desarrollo del país entre los cuales destacan los siguientes derechos:
1. Elegir y ser elegidos.
2. Participar en los asuntos de interés público.
3. Presentar proyectos de iniciativa popular normativa.
4. Ser consultados.
5. Fiscalizar los actos del poder público.
6. Revocar el mandato que hayan conferido a las autoridades de elección popular.
7. Desempeñar empleos y funciones públicas con base en méritos y capacidades, y en un sistema de selección y designación transparente, incluyente, equitativo, pluralista y democrático, que garantice su participación, con criterios de equidad y paridad de género, igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad y participación intergeneracional.
8. Conformar partidos y movimientos políticos, afiliarse o desafilarse libremente de ellos y participar en todas las decisiones que éstos adopten.Las personas extranjeras gozarán de estos derechos en lo que les sea
aplicable.
De conformidad a lo establecido dichos derechos sirven para que el ciudadano pueda opinar , juzgar e incluso participar dentro de diferentes aspectos políticos que sucedan dentro del país sin ningun tipo de exclusión tomando en cuenta que el Ecuador es un país políticamente democrático y por tanto esto significa que el pueblo es el único en la facultad de ver por sus intereses y sobre todo de decidir sobre el futuro de su patria.
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